MOVIMIENTO JUANA AZURDUY

MOVIMIENTO JUANA AZURDUY

lunes, 21 de noviembre de 2011

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25 de Noviembre



" Día Internacional por la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres"




9:30 hs- Defensoría del Pueblo




Pje.Alvarez 1515



SRES.
Defensoría del Pueblo
Sede Rosario.
De nuestra consideración:

Por la presente nos dirigimos a ustedes a fin de formular una denuncia sobre el programa emitido por Canal 13, retransmitido por Canal 3 de la ciudad de Rosario y la productora de televisión Ideas del Sur S.A, llamado Showmatch, por entender que los contenidos de dicho programa ejercen violencia simbólica y mediática hacia las mujeres, vulnerando en consecuencia los derechos humanos de las mismas, y de nosotras las firmantes, violando además dicho programa y quienes lo realizan y emiten, normas especificas de la legislación nacional vigente, tanto en materia de tratados internacionales como leyes locales, que definen y prohíben la violencia mediática, simbólica y la discriminación por motivos de género, en general, y específicamente a través de medios masivos de comunicación.
En primer lugar, conviene efectuar un breve recorrido sobre la legislación vigente en materia de violencia de género y violencia mediática, que brinda fundamento legal a la denuncia que formulamos.
Cabe poner de resalto que el reconocimiento de la violencia contra la mujer, como una violación a los derechos humanos es el resultado de un proceso que demandó largos años de trabajo por parte de numerosos actores, principalmente, del movimiento de mujeres. La incidencia de estos actores, influyó directamente en la redacción de la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), ratificada por nuestro país, con jerarquía constitucional en nuestra pirámide normativa, de conformidad con el art. 75 inc. 22 de nuestra Carta Magna.
El Comité Monitor de la CEDAW en la Recomendación General Nº 19, plantea que la violencia es una consecuencia de la Discriminación contra las mujeres y por lo tanto, para cumplimentar el art. 1 de la Convención, (que define la discriminación) los Estados no sólo deben eliminar las causas de la discriminación contra las mujeres, sino su síntoma más doloroso, la violencia.
La Recomendación General 19 plantea que: “La violencia contra la mujer es una forma de discriminación que impide gravemente que goce de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre”, y (…) “La aplicación cabal de la Convención exige que los Estados Partes adopten medidas positivas para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer.” Además plantea que: “el artículo 1 de la Convención define la discriminación contra la mujer. Esa definición incluye la violencia basada en el sexo, es decir, la violencia dirigida contra la mujer porque es mujer o que la afecta en forma desproporcionada…La violencia contra la mujer, que menoscaba o anula el goce de sus derechos humanos y sus libertades fundamentales en virtud del derecho internacional o de los diversos convenios de derechos humanos, constituye discriminación, como la define el artículo 1 de la Convención.
Por su parte, en 1994, la Asamblea General de la OEA hace pública la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer, llamada también Convención de Belém do Pará, que se encuentra ratificada por nuestro país por ley Nº 24.632.-
La Convención de Belem do Pará consagra los siguientes fundamentos:
- La violencia contra las mujeres constituye una violación a los derechos humanos y las libertades fundamentales;
- Limita total o parcialmente a las mujeres el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades;
- Es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y varones.
La Convención define un derecho humano nuevo, el “derecho a una vida libre de violencia” poniendo en palabras precisas lo que antes se infería de distintos artículos contenidos en varios tratados y declaraciones de derechos humanos.
Las obligaciones de los Estados están delimitadas por los artículos 7 y 8 de la Convención, que además de las reformas legales necesarias, se prevé la capacitación a los y las agentes del Estado, campañas masivas, acceso a la justicia, reparación a las mujeres que sufran violencia.
Los Estados convienen en adoptar medidas específicas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres incluyendo el diseño de programas de educación formales y no formales, con el objetivo de contrarrestar prejuicios y costumbres, como así los papeles estereotipados que legitiman o exacerban la violencia contra las mujeres.
Los medios de comunicación en la actualidad, son espacios de construcción y transmisión de mensajes, de alcance masivo y extendido, sobre todo en aquellos programas cuyo nivel de raiting es altísimo, en los que pueden reproducirse y legitimarse las desigualdades sociales.
Por tanto, es urgente una intervención a ese nivel, puntualmente y en lo que aquí se solicita, en relación al programa Showmatch, que constituye uno de los programas más vistos de la televisión argentina, donde como se verá de algunos ejemplos que exponemos más adelante, se utilizan mensajes e imágenes que estereotipan a las mujeres de manera discriminatoria, mostrando al genero femenino en términos de objeto, exaltando en las mujeres características de tinte siempre sexual, erótico. Estos estereotipos por su parte, contribuyen a reforzar y reproducir visiones desiguales entre los géneros, donde la mujer y su cuerpo quedan “cosificados”, garantizando aquellos parámetros culturales sobre los cuales se asienta la naturalización de las más diversas formas de discriminación y violencia a las mujeres.
En línea con los parámetros internacionales y con las obligaciones asumidas por nuestro país, en la Argentina contamos, desde el año 2009, con la Ley 26.485, llamada “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”
La actual ley de violencia es integral, o sea, se propone PREVENIR, SANCIONAR y ERRADICAR la violencia.
La violencia contra las mujeres se define allí como: “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes.” (Art.4.)
Los tipos de violencia contemplados son: Física, Psicológica, Sexual, Económica y Patrimonial, y Simbólica. Las modalidades de violencia están relacionadas con los ámbitos donde puede ocurrir la violencia y son 6: violencia doméstica, la institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, la violencia obstétrica y la violencia mediática, etc. (art.6)
La violencia simbólica es descripta como un tipo de violencia en la que “a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad”.
La violencia mediática es una de las modalidades en que se manifiesta la violencia simbólica y es definida por la ley como: “aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, o discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.”
La figura de la Violencia Mediática instalada en la nueva ley nacional contra la violencia, 26.485, es una herramienta nueva para revertir el crecimiento de la violencia contra las mujeres en los medios de comunicación.
Por su lado, la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada en octubre del 2009, menciona la necesidad de la no discriminación, la equidad de género y el respeto a las mujeres en diversas partes de su texto. En el artículo 3, referido a los Objetivos de la ley, se señala en el inciso M: “Promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual.” En el artículo 70, sobre Contenidos de la Programación, se señala: “La programación de los servicios previstos en esta ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes”.
Y en el 71, se especifican las leyes que deberán contemplar quienes controlen que los medios no vulneren la nueva Ley de Medios: “Quienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o publicidad velarán por el cumplimiento de lo dispuesto por las leyes 23.344, sobre publicidad de tabacos; 24.788 -Ley Nacional de lucha contra el Alcoholismo-; 25.280, por la que se aprueba la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad; 25.926, sobre pautas para la difusión de temas vinculados con la salud; 26.485 – Ley de protección integral para prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales -; y 26.061, sobre protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes así como de sus normas complementarias y/o modificatorias y de las normas que se dicten para la protección de la salud y de protección ante conductas discriminatorias”.
En este sentido, el informe producido por el observatorio de discriminación en radio y televisión, ha dicho que: “En Argentina existe una cuantiosa legislación que califica a las prácticas discriminatorias como ilegales. Desde la sanción de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522, el AFSCA cuenta con nuevas herramientas para el abordaje de las temáticas de discriminación. Ya entre sus objetivos el artículo 3 inciso m) promueve la “protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado evitando toda discriminación por género u orientación sexual.” Asimismo, el artículo 70 habilita a trabajar sobre tratos discriminatorios en radio y televisión basados en raza, color, sexo, orientación sexual, idioma, religión, posición económica, aspecto físico y/o discapacidad y el articulo 71 permite el tratamiento articulado de la ley N° 26.522 con otras legislaciones como la ley N° 26.061 de Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, la ley Nº 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres; y la ley Nº 23.592 de Actos Discriminatorios. Entendemos por discriminación “un conjunto de prácticas culturales de estigmatización y represión en función de las cuales se vulnera la igualdad de oportunidades, trato y resultados de distintos colectivos y sujetos sociales en función de la desigualdad y las diferencias que se atribuyen a los mismos….”
“La importancia de controlar los discursos discriminatorios en los medios masivos de comunicación reside en que éstos desempeñan un rol fundamental como transmisores de valores, modelos y opiniones. Desde aquí que este tipo de discursos contribuya a legitimar ideologías represivas vinculadas con el sexismo, la homofobia y el racismo….”
“Las prácticas discriminatorias a través de los medios masivos colaboran con la creación de perfiles identitarios estereotipados en relación con la diversidad sexual, expresiones de géneros, raza, edad o pertenencia a un determinado grupo …”
Al referirse dicho informe al concurso “Bailando por un sueño” del programa Showmatch, expresa que el mismo “… recurre de forma insistente a la utilización de planos cerrados en los que se exhibe la zona genital y los glúteos de las bailarinas. Así se procede a la cosificación de las mujeres y a la reproducción de mitos y estereotipos sexistas. Un caso paradigmático fue el baile “stripe dance” de la bailarina Silvina Escudero que en ropa interior realizó una coreografía en la que se percibieron movimientos y posiciones que simulaban el acto sexual en sus diferentes variantes. Al final de la presentación el bailarín que la acompañaba se arrojó sobre ella en un escritorio, le quitó el corpiño y le lamió los senos. Desde aquí nuevamente se le adjudica a la mujer el valor de objeto de deseo en menoscabo de otras virtudes y/o cualidades y se exalta un estereotipo de mujer con una figura física determinada. (Showmatch, canal 13, 25 de octubre de 2010)…”.

Citamos a modo de ejemplo algunos fragmentos de Showmatch del año 2011 en los que fueron groseramente vulnerados los derechos de las mujeres:
En todos ellos, se observa una exhibición grosera y reiterada de los cuerpos de las mujeres como objetos de deseo masculino, exhibiciones recurrentes de sus genitales y senos en primeros planos, burlas y comentarios del tipo: metela, agarrala, chuparla; como así también bailes que simulan relaciones sexuales y fellatios con alto contenido erótico. Cabe destacar la actitud discriminatoria hacia las mujeres por parte del conductor del programa en cada uno de los fragmentos a continuación citados.

Titulado Cinthia Fernandez Hot - (78.099 visitas)
http://www.youtube.com/watch?v=Vlq452wpiRA&feature=related
Querés ver el hilo dental?
Tirale con todo Marcelo, cortale la pollera, mientras Tinelli le toca obscenamente el vientre cerca de sus genitales, mojándose el dedo y pasándole por el vientre de ella.
Estamos todos locos, que nos pasa a los argentinos?
Estas desfigurado Marcelo se te ven los colmillos.Luego en una supuesta discusión con una miembro del jurado, la participante expresa que, la miembro del jurado le pregunto, vos nunca te chupaste una para estar aca? Y ella le contesta: Que problema tenes si la chupo o no la chupo y sigue: te quiero decir que a mi me encanta el sexo y lo hago con mi pareja.Yo no me acoste con nadie, es una pena dice Tinelli



Eugenia lemos hizo topless en su electrodance - (25.142 visitas)

http://www.eltrecetv.com.ar/showmatch-2011/00049656/eugenia-lemos-hizo-topless-çen-su-electro-dance
En el programa emitido el 14 de octubre Eugenia lemos hizo topless en su electrodance la participante Eugenia Lemos, realiza un baile donde termina sacandose el corpiño, y tiene escrito la leyenda sexy en ambos pechos, a lo que Tinelli expresa que lindo se pone esto señores.

Coki Ramírez “Streep dance” beso a Tinelli showmatch 2011 - (30.035 visitas y 85.054)
http://www.youtube.com/watch?v=2UScyNiSC8Q
http://www.eltrecetv.com.ar/showmatch-2011/00049403/coki-ramirez-y-marcelo-tinelli-a-los-besos
En el programa emitido el 6 de octubre, Titulado Coki Ramírez “Streep dance” beso a Tinelli showmatch 2011, además del tono elevado del baile, los bailarines se tocan con connotaciones sexuales explicitas, se van desnudando arriba de una moto y simulan tener relaciones sexuales. Tinelli se acerca, toca a la bailarina y se queda con el corpiño de la participante en la mano. Al final ella se le cuelga y le da un beso en la boca.
En el mismo programa y durante el mismo baile, ella le canta al conductor, el saca la lengua de manera lasciva y mojandose los dedos se los pasa en la panza, espalda y brazos. El conductor continua mojandose la boca y metiendose los dedos en la boca, de manera erotica explicita y los gritos lo arengan a besala, dale Marcelo de una vez, no seas dormilón. Planteándole el acoso de parte de la participante a el, comele la boca Coki le gritan. El finalmente le da un beso y luego la participante se le cuelga al cuello y lo sigue besando.

El streep dace dejo a cinthia fernandez desnuda y Pelea y uvas para cinthia fernandez - 402.035 visitas y 45.459 respectivamente.

http://www.eltrecetv.com.ar/showmatch-2011/00049292/el-strip-dance-dejo-a-cinthia-fernandez-desnuda
http://www.eltrecetv.com.ar/showmatch-2011/00049293/pelea-y-uvas-para-cinthia-fernandez
En el programa emitido el 3 de octubre titulado el streep dace dejo a cinthia fernandez desnuda, la participante cinthia fernandez, va desnudandose, su bailarin le toca los pechos, la cola, ella queda finalmente sin corpiño, simulan de manera explicita el acto sexual en varias oportunidades, en determinado momento el bailarin le arroja a los pechos lo que simula ser vino tinto mientras ella se restriega el liquido de manera explícitamente sexual mientras se toca los pechos. Mientras el conductor esta tirado en el suelo, con actitud de excitado con el baile. La participante, esta mientras tanto completamente desnuda observándose perfectamente sus genitales, se coloca finalmente una pequeña ropa interior que apenas le cubre los genitales, mientras sigue desnuda el resto del cuerpo.
En el mismo momento, al finalizar el baile, el conductor entrevista a la bailarina,
Queres comer uvitas asi cambiamos de clima? Dice ella y lo invita a comer uvas del mismo racimo y al mismo tiempo, ella exhibiendo sus senos, el se arrodilla con su cara a la altura de los mismos.
Agarra marcelo, agarrala, le grita el jurado a marcelo Tinelli. Asi comen uvas los dos a la vez, rozandose los labios etc etc.
Para despedirse Tinelli le dice a la concursante: llama cuando estes sola y desesperanzada. Saludos al papa fernandez.

Larissa Riquelme se desnudó para Marcelo Tinelli - (179.654 visitas)
http://www.eltrecetv.com.ar/showmatch-2011/00049335/larissa-riquelme-se-desnudo-para-marcelo-tinelli
En el programa emitido el dia 4 de septiembre, bajo el titulo Larissa Riquelme se desnudó para Marcelo Tinelli.
El conductor sostiene una conversación con el padre alli presente, quien oficia de vocero, y quien finalmente debe “entregar” a su hija a Tinelli. Cada vez que ella le sugiere que se case con ella, el conductor insite en pedir la autorización del padre de ella. El padre le dice ud va muy apresurado, y el le contesta como si hace dos meses que no la toco. Si te queres ir a dormir a mi casa con ella venis muy rapido le dice el padre, negociando a la hija.
Yo le quiero tirar los perros a tu hija.
Una de los participantes del jurado le dice al conductor, Marcelo, ellos piden muchas cosas, porque ud no pide algo, pida la virginidad de Larissa (Risas)
Si vamos pidiendo la virginidad de cada uno, no me caso más.
Don Riquelme le quiero pedir algo en este momento: prometo, cuidarla, quererla, mamarla, (risas). Quiero entrar, quiero entrar en el mundo de ella, en un mundo de fruta escondida…
La madre, dice, puede ser asi ..te doy.
Yo a vos no te doy, a tu hija si, si no se va todo al carajo.
Comele la boca, lo arengan desde atrás.
Quiere hechos le dice el padre, hechos queres, ahora aca atrás, le dice el conductor.
La participante dice que ella le quiere decir a otra participante (cinthia fernandez) que ella tambien quiere sacarse la bombachita.
Quiero ver este streaptease.. es para vos, el dice yo tambien tengo algo para vos.
Nuevamente escenas donde se simula explícitamente el coito, (bueno, tremendoo)
Ella queda con los senos al decubierto durante el baile, tambien se observan escenas donde se simula explicitamente ella haciendo fellatio.

cinthia fernandez victima de marcelo - 24453 visitas
http://www.eltrecetv.com.ar/showmatch-2011/00047619/cinthia-fernandez-victima-de-marcelo
En el programa emitido el 9 de agosto, se titula cinthia fernandez victima de marcelo
La participante cinthia con planos de la cola, el dice quiero ver algo, el trae una tijera y le va cortando la pollera, minuscula que ella lleva puesta, se mte la pollera en la boca, mientras detrás los gritos de arenga son constantes. Por ejemplo ponesela devuelta
No podes colocarla ahí, la pongo en cualquier momento.
Ella queda en un tanga minuscula,
Tirala que yo me quedo mirando, mientras le mira la cola a la participante.
Se va a tener que subir arriba mio, dice el conductor en alusión a la bailarina para poder colgar la pollera en las instalaciones del canal. Arriba ya hay colgada otra pollera.
Sucesivos y reiterados primeros planos de la cola de la participante.
Mientras el sigue conduciendo con ella en los hombros.. primeros planos de la cola de ella.
Ella desde los hombros le acaricia el pelo, el la pasea por el estudio, la camara la sigue de atrás, mostrando la cola. La lleva como exponiendola,
Le dice cual es tu camarin que quiero llevarte.
Hace como que se la lleva, y dice vuelvo en un ratito. Olvidate el sueño del pibe, y pide que le saquen fotos.
Dice una miembra del jurado: - Marcelo la cola le quita protagonismo a la sra fernandez es mas la cola que ella, ella no existe, es la cola.

Antecedente de la presente denuncia, es la realizada en el año 2010 por la Red PAR, ante la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, en la cual se solicitaba la aplicación de multas al mismo ciclo televisivo por las mismas causas expuestas en la presente solicitud.
Los contenidos mencionados en esa denuncia fueron, entre otros, los siguientes:1) A mediados del 2010, fue lanzado un concurso para buscar una “novia” para Ricardo Fort con un claro mensaje prostituyente: a cambio de la compañía de un excelente objeto sexual, Fort ofrecía recursos económicos de todo tipo. El concurso estuvo dirigido a mujeres de 18 a 40 años y se ofrecía como premio dinero, tarjetas de crédito, un contrato para el verano en Mar del Plata, y fama. Las concursantes debían responder a clásicos estereotipos sexistas: poseer cuerpos esculturales, acompañar a Ricardo Fort, y someterse a sus pedidos. En la presentación de la competencia, Tanto Fort como Marcelo Tinelli destacaron las “condiciones” que debían tener las mujeres que se presentaran: “Las tetas pueden estar hechas, pero si están hechas las recauchutamos”; “A mi novia las hago todas de arriba abajo”; “Hay que arreglar el bagre”; “Las de 41 abstenerse porque ya están veteranas, aunque pueden estar entrables”.http://www.youtube.com/watch?v=w50MetBsBpU2) El 25 de octubre del 2010, Silvina Escudero protagonizó una coreografía de alto contenido erótico que llevó al extremo una de las cualidades del ciclo conducido por Marcelo Tinelli: la exhibición del cuerpo de las mujeres como objeto de deseo masculino. Ataviada como secretaria, Escudero protagonizó junto a un partenaire que interpretaba a un responsable de limpieza de una oficina, una danza en la que ella realizaba un semi-streaptease (se quedaba sólo con una tanga), el varón le tocaba en varias oportunidades los genitales y le besaba los senos, y en varias oportunidades simulaban relaciones sexuales con penetración y fellatios. El contenido erótico fue tan potente que el conductor no los dejó concluir la presentación haciendo un gesto de violencia y desesperación frente al simil acto sexual. http://www.youtube.com/watch?v=CWJpHloljTc&feature=fvw
Las abajo firmantes, nos amparamos en la totalidad de la normativa nacional e internacional antes citada, para solicitar vuestra intervención ante el programa Showmatch y la Licenciataria Artear S.A, y en nuestra representación, tomando las medidas que estime pertinentes, pues es claro que los contenidos, imágenes y mensajes que emite el mismo, vulneran dicha legislación y nuestros derechos humanos.

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